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TAS multa a FMF con 177 mil dólares por cánticos homofóbicos

El tribunal ratifica la responsabilidad financiera de la FMF tras auditar sus campañas preventivas frente a las normativas de FIFA.

junio 2, 2026 · admin
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Por Juan Pablo Ojeda

 

La ratificación de las multas financieras por parte del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) obliga a la Federación Mexicana de Futbol a asumir el costo directo de la ineficacia de sus controles internos de seguridad y prevención. La resolución del organismo con sede en Suiza confirma que la FMF mantiene responsabilidad civil objetiva por las expresiones emitidas dentro de los recintos, independientemente de sus inversiones publicitarias.

Los registros contables del litigio indican que las penalizaciones acumuladas de 140 mil francos suizos representan un impacto directo al presupuesto operativo de selecciones nacionales de la federación. El TAS determinó que los argumentos de la FMF, orientados a evadir las multas mediante la presentación de planes de acción conjuntos, no poseen el sustento jurídico necesario para invalidar los códigos disciplinarios de la FIFA.

La auditoría del caso revela que el Sistema de Vigilancia Antidiscriminación de la FIFA aportó pruebas técnicas que demostraron la naturaleza sistemática del grito en las tribunas durante los partidos internacionales en territorio norteamericano. Los inspectores de la FIFA documentaron la falta de mecanismos coercitivos eficientes dentro de los estadios para identificar y desalojar a los infractores de manera individualizada.

El desglose procedimental muestra que la FMF agotó las instancias internas de la FIFA en septiembre y noviembre de 2024, recibiendo fallos condenatorios unánimes por parte de las comisiones de apelación del organismo rector del futbol mundial. La insistencia de la federación mexicana en calificar las multas como automáticas y desproporcionadas fue desestimada por el pánel de árbitros internacionales en el análisis de fondo.

La audiencia presencial celebrada en Miami el 3 de marzo de 2026 expuso las deficiencias operativas de las campañas educativas implementadas por los directivos de la FMF. Aunque la Formación Arbitral del TAS reconoció que se han destinado recursos financieros significativos, la persistencia empírica de la conducta ilegal inhabilitó el recurso de exclusión de responsabilidad solicitado por los abogados mexicanos.

El beneficio procesal obtenido por la FMF, consistente en el retiro del veto del 15% del estadio, se fundamentó en un error técnico de consistencia jurídica cometido por la propia Comisión Disciplinaria de la FIFA. El TAS detectó que el organismo internacional aplicó un estándar punitivo desigual en el expediente del verano de 2024 en comparación con el proceso de noviembre del mismo año, violando el principio de equidad procesal.

Con esta resolución, la FMF cierra el ciclo de litigios internacionales correspondientes al año fiscal 2024, quedando sujeta a una estricta vigilancia institucional en sus próximos compromisos de preparación y competencia oficial. La persistencia de incidentes similares bajo el actual marco regulatorio de la FIFA podría derivar en la pérdida de puntos en torneos oficiales o la descalificación directa de competencias internacionales.